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Por favor, necesito ayuda para saber los impedimentos para contraer matrimonio (20)?

Por favor, necesito ayuda para saber los impedimentos para contraer matrimonio (20).

En resumen

Es : 1. Impedimentos que nacen decircunstanciaspersonalesy que obedecen a una razón de incapacidad física : a) Impedimento de edad : La edad mínima que se requiere para contraer matrimonio es de 16 años cumplidos para el varón y 14 cumplidos para la mujer (c. 1083).

Mejor respuesta

Florelysanchez
9

Es :

1.

Impedimentos que nacen decircunstanciaspersonalesy que obedecen a una razón de incapacidad física : a) Impedimento de edad : La edad mínima que se requiere para contraer matrimonio es de 16 años cumplidos para el varón y 14 cumplidos para la mujer (c.

1083).

Este impedimento es de derecho humano y, por tanto, cabe su dispensa, que corresponde al Obispo del lugar ; su fundamentoes asegurar, en la medida de lo posible, la necesaria madurez biológica y psicológicade quienes van a contraer matrimonio.

B) Impedimento de impotencia cierta, antecedente y perpetuaya seapor parte del hombre o de la mujer (c.

1084).

Se llama impotencia a la imposibilidad de realizar naturalmente el acto conyugal.

La impotencia puede ser originada por causas psíquicas o por causasfísicassobrevenidas deenfermedades funcionales odecarencias o atrofias de los órganos genitales, ya seaen el hombre o en la mujer.

Puede darse la impotencia de modo absoluto o relativo, según impida la realización del acto conyugal con cualquier persona del otro sexo, o solamente con algunas.

Estas causas psíquicas o físicas pueden ser antecedentes al matrimonio o como consecuencia de él, es decir, adquirida después.

Los tres requisitos que el derecho canónico exige para que la impotencia constituya un impedimento para el matrimonio son : que seaantecedenteal matrimonio ; que seaperpetua, lo que en sentido jurídico quiere decir incurable por medios ordinarios, lícitos y no peligrosos para la vida o gravemente perjudiciales para la salud ; cierta, bastando un grado de certeza que es el de certeza moral.

Jurídicamente la impotenciase distingue de la esterilidad que es laimposibilidad deengendrar hijos sin afectar al acto conyugal ; la simpleesterilidad no constituye ningún impedimento para casarse.

2. Impedimentos que nacen decausasjurídicaso incompatibilidades jurídicas : a) Impedimento de vínculo o ligamen o matrimonio anterior pre - existente (c.

1085).

Recibetambién elnombre de bigamia y esla inhabilidad para contraer un nuevo matrimonio mientras permanece el vínculo de un matrimonio anterior, aunque no haya sido consumado.

Es un impedimento de derecho natural, al ser consecuencia de las propiedades esenciales del matrimonio especialmente de la unidad ; este impedimento no puede dispensarse.

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Respuesta 2

Kathe111
6

Dado que sólo la iglesia católica tiene potestad para establecer impedimentos dirimentes, estos están regidos por los dictados de las instituciones eclesiásticas, actualmente el Papa, aunque anteriormente también podían discernir los obispos y Concilios provinciales.

A causa de la interpretación clerical prevalece su índole moral y religiosa, aunque muchos de ellos también están considerados en el derecho civil.

La lista de causas existe desde tiempos de Tomás de Aquino y son :

▪Error

▪Condición

▪Voto

▪Parentesco

▪Crimen

▪Distinta religión

▪Miedo

▪Orden

▪Vínculo

▪Pública honestidad

▪Edad

▪Proximidad familiar

▪Clandestinidad

▪Impotencia

▪Rapto de la mujer.