SEGUN LA CONSTITUCION ECUATORIANA QUE OCURRE CUANDO UN PRESIDENTE CESA EN SUS FUNCUINES?
SEGUN LA CONSTITUCION ECUATORIANA QUE OCURRE CUANDO UN PRESIDENTE CESA EN SUS FUNCUINES.
SEGUN LA CONSTITUCION ECUATORIANA QUE OCURRE CUANDO UN PRESIDENTE CESA EN SUS FUNCUINES.
Pregunta de Ciencias Sociales · 1 respuesta · 8 votos · mejor respuesta de Gabydelmir
En resumen
Art. 142.
Art. 142.
- La Presidenta o Presidente de la República debe ser ecuatoriano
por nacimiento, haber
cumplido treinta y cinco años de edad a la fecha de
inscripción de su
candidatura, estar en goce de los derechos políticos y no
encontrarse incurso en
ninguna de las inhabilidades o prohibiciones
establecidas en la
Constitución.
Art. 145.
- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus
funciones y dejará
vacante el cargo en los casos siguientes :
1.
Por terminación del
período presidencial.
2. Por renuncia
voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.
3. Por destitución, de
acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.
4. Por incapacidad
física o mental permanente que le impida ejercer el
cargo, certificada de
acuerdo con la ley por un comité de médicos
especializados, y
declarada por la Asamblea Nacional con los votos de
las dos terceras partes
de sus integrantes.
5. Por abandono del
cargo, comprobado por la Corte Constitucional y
declarado por la
Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras
partes de sus
integrantes.
6. Por revocatoria del
mandato, de acuerdo con el procedimiento
establecido en la
Constitución.
Art. 142.
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