Del art 42?
Del art 42. Codigo del trabajo, obligación del empleador quiero comentarios de los codigos 17, 19 y 20.
Del art 42. Codigo del trabajo, obligación del empleador quiero comentarios de los codigos 17, 19 y 20.
Pregunta de Derecho · 1 respuesta · 5 votos · mejor respuesta de Chuysudoo6243
En resumen
Articulo 42 del código del trabajo Obligaciones del empleador : Entre las obligaciones del empleador están las siguientes : 1 - Pagar las cantidades que correspondan al trabajador por los servicios prestados.
Articulo 42 del código del trabajo
Obligaciones del empleador : Entre las obligaciones del empleador están las siguientes : 1 - Pagar las cantidades que correspondan al trabajador por los servicios prestados.
2 - Instalar las fabricas, talleres, oficinas atendiendo las medidas de prevención, seguridad e higiene del trabajo.
3 - Indemnizar a los trabajadores por los accidentes de trabajo que sufrieren en el desarrollo de sus funciones.
4 - Establecer comedores a los trabajadores cuando estos laboren en numero de cincuenta o mas en la fabrica o empresa, y los locales de trabajo estuvieren situados a mas de 2 kilómetros de la población mas cercana.
5 - Establecer escuelas elementales a beneficio de los hijos de los trabajadores cuando se trate de centros permanentes de trabajo ubicados a mas de 2 kilómetros de distancia de las poblaciones.
6 - Si se trata de empresas con 10 o mas trabajadores establecer almacenes de artículos de primera necesidad y distribuirlos a precios de costos a los trabajadores y sus familia.
7 - Llevar un registro con todos los datos personales del trabajador.
8 - Proporcionar a los trabajadores las herramientas y útiles de trabajo que requieran para desempeñar sus funciones.
9 - Conceder tiempo remunerado a los trabajadores para ejercer acciones en las asociaciones.
10 - Respetar las asociaciones de trabajadores.
11 - Sujetarse al reglamento interno de la empresa
12 - Otorgar certificado de trabajo a los trabajadores cuando lo requieran.
13 - Tratar a los trabajadores con respeto y consideración.
14 - Pagar al trabajador la remuneración correspondiente al tiempo perdido de trabajo por culpa del empleador.
15 - Pagar al trabajador, cuando no tenga derecho a la prestación por parte del instituto ecuatoriano de seguridad social, el 50 % de su remuneración en caso de enfermedad no profesional.
16 - Facilitar la inspección y vigilancia que las autoridades practiquen en los locales de trabajo.
17 - Pagar al trabajador reemplazante una remuneración no inferior a la básica que corresponda al reemplazado.
18 - Pagar al trabajador los gasto de ida y vuelta, alojamiento y alimentación cuando por razones del servicio, tenga que trasladarse a un lugar distinto del de su residencia.
19 - Descontar de las remuneraciones las cuota que, según los estatutos de la asociación tengan que abonar los trabajadores, siempre que la asociación lo solicite.
20 - Acordar con los trabajadores o con los representantes de la asociación mayoritaria de ellos, el procedimiento de quejas y la constitución del comité obrero patronal.
El articulo 17 del código del trabajo se refiere a los contratos de trabajos eventuales, ocasionales, de temporada.
Estos se realizaran de acuerdo a las necesidades de producciones que tenga el empleador.
El articulo 19 del código del trabajo se refiere al contrato de trabajo en forma escrita de acuerdo al trabajo a realizar y en que circunstancias se presenten.
Entre las circunstancias en que se puede realizar un contrato de trabajo en forma escrita esta : A los de prueba, trabajo a destajo, trabajo por obra determinada, a los de aprendizaje, los eventuales , ocasionales y temporada
, entre otros.
El articulo 20 del código del trabajo, hace mención que los contratos de trabajo que deben realizarse por escritos debe registrarse ante la autoridad competente e un plazo no mayor de 30 días.
Respuesta : Realizar personalmente el trabajo para el cual fue contratado. Ejecutar el trabajo con eficiencia, esmero, intensidad, en tiempo y lugar convenidos. Acatar los preceptos del reglamento de trabajo. …
Hola Según las leyes mexicanas existe un deber jurídico que se debe realizar según las normas cuando existe el maltrato hacia otro, esto en cuanto sea demostrable. El deber jurídico es la indemnización del afectado…